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Miembros y Partes contratantes

Una Parte contratante de la CCRVMA es un Estado u organización regional de integración económica (por ejemplo, la Unión Europea) que mediante la ratificación, aceptación, aprobación o adhesión a la Convención se convirtió en Parte de esta. La Convención de la CRVMA está abierta a la adhesión de cualquier Estado que adopte como propios los objetivos de conservación y esté interesado en actividades de investigación o de extracción relacionadas con los recursos vivos marinos conforme al artículo XXIX de la Convención.

Las Partes contratantes que no son Miembros de la Comisión pueden convertirse en Miembros conforme al artículo VII de la Convención.Los Miembros participan en el proceso decisorio de la Comisión y del Comité Científico, y contribuyen a su presupuesto. Las Partes contratantes que no son Miembros de la Comisión no participan en la toma de decisiones ni contribuyen al presupuesto, pero quedan sometidas a la Convención y a las medidas de conservación adoptadas por la Comisión.

La información sobre los requisitos y procedimientos para la adhesión a la Convención y la membresía de la Comisión puede obtenerse en la Secretaría de la CCRVMA.

Los Miembros de la Comisión son:

  • Alemania, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Chile, Ecuador, España, Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Francia, India, Italia, Japón, Namibia, Noruega, Nueva Zelandia, Polonia, Reino de los Países Bajos, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Reino Unido), República de Corea, República Popular China, Sudáfrica, Suecia, Ucrania, Unión Europea y Uruguay.

Las Partes contratantes que no son Miembros de la Comisión y a las que nos referimos como Partes adherentes son:

  • Bulgaria, Canadá, Finlandia, Grecia, Islas Cook, Mauricio, Perú, República de Panamá, República Islámica de Pakistán y Vanuatu.

Cada Miembro designa a un Representante ante la Comisión. En la siguiente página web encontrarán la lista de esos Representantes.